Protocolos de Acoso sexual y acoso por razón de sexo
Diseño e Implementación de Protocolos de Acoso Laboral y Sexual: Creación de protocolos para prevenir y gestionar casos de acoso en el entorno laboral.
Capacitación en Prevención de Acoso: Formación para la plantilla y dirección en la identificación y prevención del acoso laboral y sexual.
Normativa sobre el acoso sexual en el trabajo
El acoso sexual y por razón de sexo, identidad y orientación sexual es tipificado como una conducta discriminatoria que queda expresamente prohibida en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
En su Artículo 48.1. y 48.2 se establece la obligatoriedad de proteger a los trabajadores y las trabajadoras de situaciones de acoso sexual mediante la prevención y la sensibilización del acoso sexual y por razón de sexo con medidas negociadas con la representación legal de los trabajadores y las trabajadoras.
¿Qué empresas están obligadas a implantar el protocolo de acoso?
Todas las empresas, sean del tamaño que sean, tienen la obligación de promover condiciones de trabajo que eviten la comisión de delitos y otras conductas contra la libertad sexual y la integridad moral en el trabajo, incidiendo especialmente en el acoso sexual y el acoso por razón de sexo, incluidos los cometidos en el ámbito digital.